Ayudas para mujeres divorciadas

Ayudas para mujeres divorciadas

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La ayuda que se le presta a las mujeres divorciadas o separadas, que tengan niños a su cargo, trabajen o no, varía en calidad y cuantía. Esta dependen fundamentalmente del Estado, quien la otorga principalmente a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS y el Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE. También los gobiernos de las Comunidades Autónomas y algunas instituciones públicas o privadas, brindan este tipo de asistencia.

Dependiendo de la situación particular de la mujer, el lugar donde reside y las características del núcleo familiar, se pueden otorgar subvenciones para cubrir los gastos derivados de la educación, vivienda, salud y manutención.

Si atravesaste por un divorcio, no cuentas con apoyo económico para enfrentar tus gastos, o los que se derivan del cuidado y manutención de los hijos, te resultará útil esta información. Además, conocerás cuales son los requisitos y dónde puedes solicitarlas.

¿Existen ayudas a mujeres separadas?

Sí, la mayoría de las mujeres divorciadas, o separadas, pueden reclamar ayudas a través de la Seguridad Social, ya sea como madres en situación vulnerable, o como ciudadanas. Si son madres de una unidad familiar monoparental, originada en el divorcio, el INSS es la vía del estado para enfrentar situaciones de precariedad y problemas económicos, de manera que puedan solventar las diferentes obligaciones en el hogar.

Además de la ayuda del estado, innumerables programas se abren campo atacando diferentes áreas de interés para la mujer. Por ejemplo:

  • Programa de atención a la mujer: ofrece cobertura sanitaria para la realización de exámenes ginecológicos y apoyo en la prevención de enfermedades de origen sexual.
  • Prestaciones económicas básicas: incluye la Renta Mínima de Inserción Social y las Ayudas Económicas de Emergencia.
  • Ayuda para mejorar la convivencia familiar de los menores dentro de su núcleo familiar.
  • Programas de tutela, guarda y acogimiento familiar de menores.
  • Acogida, atención y asesoramiento para mujeres en situación de precariedad, avalado por la Cruz Roja.

Ayudas para mujeres divorciadas con hijos y sin trabajo

Este tipo de ayuda está disponible para madres divorciadas desempleadas y que cumpla con los requisitos exigidos por Ley. Entre estos destacan:

Ayuda por nacimiento o adopción

Disponible para familias monoparentales por causa del divorcio, madres que sufran de alguna discapacidad, o que tengan una familia muy numerosa. Consta de un pago de 1.000€, exentos del IRPF, para madres en situación de desempleo, o con pocos ingresos. La ayuda incrementa en el caso de partos múltiples.

Suspensión prestación por desempleo en caso de maternidad

Si la maternidad se presenta mientras se recibe prestaciones por desempleo de nivel contributivo, estas se pueden suspender para iniciar el cobro de prestación por maternidad. Esta ayuda, dependiente del SEPE, permite que no se consuma la prestación por desempleo, la cual se podrá reanudar después del parto, por la duración que restaba por percibir y de acuerdo al monto que correspondía al momento de la suspensión.

Programa de activación para el empleo

Comprende políticas activas de promoción del empleo e intermediación laboral para mujeres que han estado mucho tiempo desempleadas. Es gestionado por el SEPE para favorecer la integración de la mujer al mercado laboral.

 

 

¿Hay ayudas para madres divorciadas trabajadoras?

Sí, las madres trabajadoras, que se encuentran cotizando al seguro social, tienen disponibles las siguientes ayudas:

Ayuda por hijos a cargo

Esta compensación económica, dependiente del INSS, está destinada a mujeres con hijos a cargo, o en situación de acogida, menores de 18 años; o mayores de edad en situación de discapacidad (mayor al 65 %) y cuyos ingresos anuales no superen los 12.424€. Está compensación aumenta en un 15 % por cada hijo menor que se tenga, en los partos múltiples y cuando se realizan varias adopciones en paralelo. También es aplicable a madres desempleadas.

Los montos de las ayudas que se ofrecen son:

  • 440 €/año, hijos menores de 18 años, sin discapacidad.
  • 1.000€/años/hijo, menores de 18 años con discapacidad reconocida de al menos el 33 %.
  • 4.750€/año, mayores de edad con discapacidad reconocida de al menos el 65 %; o 7.128€/año, si supera el 75 %.
  • 3.800€/año, por un parto doble.
  • 7.600€/año, por trillizos.
  • 11.400€/año, más de cuatro niños en el parto.

Prestación por maternidad

La ayuda por maternidad está disponible para aquellas madres trabajadoras que se encuentren divorciadas y que tengan dependientes menores de 3 años. La solicitante puede beneficiarse con un monto máximo de 1.200€ (o cuotas mensuales de 100€) por cada hijo, por nacimiento o acogida, siempre que sea menor a 3 años.

Auxilio por maternidad no contributiva

Cuando la madre no cumple con el tiempo de cotización necesario para acceder a la baja por maternidad pueden solicitar esta ayuda. Solo se beneficia la madre al momento del parto excluyendo los casos de adopción o tutela. La duración de la ayuda es de 42 días (750€).

Ayuda por impago de pensiones alimenticias

Cuando el padre no cumple con el pago de la pensión alimenticia acordada, la madre separada o divorciada puede solicitar al Fondo de Garantía del Pago de Alimentos una subvención para cubrir la manutención de los hijos.

La cuantía por Ley es de 100€/mes, estableciendo un máximo de 1.800 euros.

Ayuda de las comunidades autónomas

Además del apoyo que consigue la madre divorciada desde el gobierno central, algunas comunidades autónomas otorgan subvenciones en casos particulares. Por ejemplo, la Comunidad de Madrid ofrece:

  • Deducción fiscal por nacimiento o adopción.
  • Ayuda a madres trabajadoras con hijos dependientes.
  • Subvenciones para el pago de alquiler.
  • Servicios de cuidado de niños menores de 3 años en la comunidad de Madrid, como apoyo a las madres trabajadoras.

Ayudas madres divorciadas: requisitos

Los requisitos varían en función de la ayuda solicitada. Veamos:

Prestación por maternidad

  • Estar cotizando en el INSS y cumplir el mínimo de cotización de acuerdo a la edad.
  • Estar al día con los pagos.
  • Introducir la solicitud de Prestación por Maternidad-Paternidad.

Impago de pensión alimenticia

  • Tiene que existir un reclamo judicial del impago.
  • Los ingresos del grupo familiar deben ser menores a 9.585,20€, cuando se tiene solo un hijo; 11.182,73€, 12.780,26€ y 14.377,79€, en los casos de 2, 3 y 4 hijos, respectivamente.
  • El beneficiario debe ser mayor de 18 años.

El máximo de cuotas otorgadas es de 18. El beneficio deja de otorgarse si cambia la situación del ingreso, fallece el beneficiario o el padre encargado del pago de la pensión.

Ayuda por hijo a cargo

  • Residir legalmente en España.
  • No superar los límites de salario anual establecidos.
  • Dependiente sin discapacidades hasta 18 años de edad.

¿Dónde se solicitan las ayudas para madres solteras?

Dependiendo del tipo de ayuda solicitada se puede acudir a los siguientes organismos:

  • Todas las ayudas que se soliciten a la Seguridad Social deben presentarse ante la oficina del INSS correspondiente al domicilio de la solicitante; aportando la documentación que se requiera en cada caso. Los formularios de solicitud se encuentran disponibles en la Web del INSS y el trámite se realizará por cita previa. Por norma, cualquier solicitud que se realice, independientemente de la naturaleza de la demanda, no debería tardar más de 45 días.
  • Para ingresar a los programas de capacitación para el trabajo se deberá solicitar la incorporación al programa en la Oficina de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE.
  • La ayuda por impago de la pensión alimenticia se solicita en el Ministerio de Hacienda, a través del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos. Hay que introducir el documento Modelo de Solicitud de Anticipo, el cual debe entregarse en alguna de las delegaciones de Economía y Hacienda en la localidad de la solicitante.
  • La prestación por maternidad se solicita en la agencia tributaria de la localidad, asistiendo personalmente, o llamando por los teléfonos 901 200 345. También se puede acceder desde la Web de la Agencia Tributaria.

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